A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Alcance de la orden vigésima séptima de la sentencia T-760/08, rediseño del procedimiento de recobro en el Sistema de Seguridad Social en Salud
- Nivel de cumplimiento bajo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 realiza seguimiento a la orden vigésima séptima, relacionada con el rediseño del procedimiento de recobro, y declara su nivel de cumplimiento como bajo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. Declarar el nivel de cumplimiento bajo de la orden vigésima séptima de la sentencia T-760 de 2008 por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia.
- Segundo. Ordenar a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -Adres que adopte las medidas necesarias para contribuir al cumplimiento de lo dispuesto en el numeral vigésimo
- séptimo. de la parte resolutiva de la sentencia T-760 de 2008, atendiendo a lo dispuesto en los numerales 273 a 276 de la parte considerativa de esta providencia.
- Tercero. Ordenar a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -Adres que, de manera trimestral, remita a la Sala Especial de Seguimiento un informe, que deberá ser allegado dentro del mes siguiente a que finalice cada trimestre, en el que exponga las acciones desplegadas para dar cumplimiento a la orden vigésimo séptima de la sentencia T-760 de 2008, atendiendo a lo dispuesto en los numerales 273 y 274 de la parte considerativa de esta decisión, y de conformidad con las directrices impartidas en los numerales 275 y 276.
- Cuarto. Reiterar al Ministerio de Salud y Protección Social que siga atendiendo la obligación de entregar informes trimestrales en relación con el cumplimiento de este mandato, que deberán ser allegados dentro del mes siguiente a que finalice cada trimestre y contener información completa y oportuna respecto de la observancia de cada uno de los parámetros que se mantienen vigentes, para lo cual deberá trabajar de manera articulada con la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -Adres, de conformidad con los ajustes que se efectuaron en esta providencia a los parámetros creados en el auto 263 de 2012, en los términos de los numerales 273, 275 y 276 de esta providencia.
- Quinto. Instar al Ministerio de Salud y Protección Social para que la información que remita sea completa, oportuna y sin evasivas a las preguntas elevadas en las pruebas decretadas.
- Sexto. Instar a la Superintendencia Nacional de Salud para que investigue si las EPS están incurriendo en alguna práctica indebida en relación con el empleo de los recursos de la UPC para cubrir los gastos requeridos en la prestación de otros servicios y tecnologías no financiados por dicha prima.
- Séptimo. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar las comunicaciones correspondientes, remitiendo copia integral de este proveído.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.